Descripción
El problema de la interpretación es algo en verdad axial o nodal en la teoría jurídica y lo es por ser el eje o punto central alrededor o sobre el cual se erige toda la teoría del derecho, de forma tal que la posición que se adopte frente al mismo determina la actitud asumida ante cualquier otro problema jurídico. En efecto, una postura Iusnaturalista, Positivista, Estructuralista, etc. necesariamente incide y da el contenido conceptual a lo que se considere que es la interpretación. El objetivo general es el determinar por qué la realidad jurídica en sí no es un fenómeno que surge del mundo hacia los juristas, sino que son los juristas los que la crean usando el lenguaje del derecho, dando la ilusión, a partir de dicho proceso, de que el derecho siempre está en el mundo. No se plantean objetivos específicos por tratarse de una investigación de teoría jurídica pura basada en reflexiones de filosofía del derecho y de un concepto de ciencia de base cultural, tal como lo entiende Max Weber. De allí que el derecho y, por tanto, la normatividad, siempre emanen de un grupo social y, por consiguiente, expresarán la forma en que deben establecerse las relaciones sociales de dicho grupo.